Casi un año de media nacional. Así lo confirma el último estudio de Pluslegal Abogados, donde se pone de relieve que la duración del proceso, desde que el inquilino deja de pagar hasta el desalojo, varía según la provincia.
Pluslegal Abogados ha elaborado un informe, ‘La demora en los desahucios – España 2017’ donde se muestra el tiempo medio que tarda un propietario en recuperar la vivienda tras un impago del inquilino. Este informe refleja que la duración media varía según cada región. Así, Sevilla es la provincia donde se alarga más el proceso: 367 días. En contraposición se encuentra Álava con 317 días de duración, casi dos meses menos que en Sevilla.
Además, el estudio recoge la duración media del tiempo que el propietario tarda en poner el asunto en manos de un abogado . En este sentido, Pluslegal Abogados destaca que se produce un retraso a nivel nacional y que los propietarios posponen demasiado el proceso para poder recuperar la vivienda.
Así, Murcia es la región donde los propietarios esperan más tiempo para comenzar el procedimiento en firme: más de cuatro meses. Por otro lado se encuentra Barcelona: tres meses hasta que se pone en manos de la Justicia.
Por definición, un desahucio es una acción legal por la que se expulsa a la persona que ocupa o tiene arrendada una casa o un terreno. Pero ¿Cómo se llega a un desahucio?.
El impago de la renta constituye un incumplimiento del contrato de arrendamiento por parte del inquilino. La LAU establece que el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato, dará derecho a la parte que cumpla las suyas, a exigir el cumplimiento de la obligación, en este caso al pago de la renta o a promover la resolución del contrato.
El proceso de desahucio judicial consta de cinco pasos:
1 /Envío de burofax
Dejar de pagar una sola de las mensualidades se considera como incumplimiento contractual. Es por ello que no hay que acumular un determinado número de meses sin pagar para actuar en consecuencia. Ante una reiterada falta de pagos, el primer paso es enviar un burofax informando al inquilino de que, si no paga las rentas, se da por rescindido el contrato y se emprenden las acciones legales oportunas para recuperar la vivienda.
2 /Interposición de la demanda
Para poner la demanda se necesita principalmente el contrato de alquiler y la escritura de propiedad. Esta demanda tiene tres peticiones fundamentales que son:
Un mes más tarde de haber puesto la demanda, el juzgado establece la fecha en que tendrá lugar el lanzamiento, es decir, que el inquilino abandone la vivienda. Si el arrendatario considera que la reclamación que se efectúa no es pertinente, entonces habrá un juicio previo al lanzamiento.
4 /Juicio y sentencia
Con todas las pruebas, el juez dictamina la sentencia. En caso de ser a favor del propietario, se pasará a la ejecución de la misma en la que arrendador recupera la vivienda.
5 / Ejecución
Con la sentencia en firme, el día que el juzgado determina el lanzamiento, se expulsa al inquilino de la casa o local arrendado e incluso acompañando a la comisión judicial, un cerrajero y presencia policial.
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