Una de las mayores preocupaciones de los propietarios a la hora de alquilar su vivienda es encontrarse ante inquilinos morosos que no paguen la renta del alquiler. Es bien sabido que el proceso judicial es largo y costoso, por este motivo, a continuación te vamos a explicar cómo prevenir y actuar ante un caso de impago por parte del arrendatario.
Antes de interponer cualquier demanda, es muy recomendable contactar con el inquilino para entender el problema e intentar solucionarlo. En ocasiones, se puede llegar a un acuerdo renegociando la renta del alquiler o acordando un plazo prudente para abandonar la vivienda.
Un ejemplo de acuerdo amistoso sería dividir la deuda pendiente en función de los ingresos del inquilino. Otra alternativa sería perdonar una parte o la totalidad de la deuda si el arrendatario libera la vivienda cuanto antes.
Si no se ha llegado a un acuerdo amistoso, el siguiente paso a seguir por parte del arrendador es comunicar al inquilino de forma fehaciente, es decir, mediante burofax, el importe de la deuda y el plazo que tiene para pagarla. Esta comunicación servirá de prueba ante el juez en caso de un posible procedimiento judicial. Cabe recordar que en esta nota no puede existir ningún tipo de amenaza ni un aviso de corte de suministros, ya que estas prácticas están recogidas en el Código Penal.
En el caso de no haber tenido éxito en los dos pasos anteriores, la única vía posible que le queda al propietario es la judicial. Una vez pasado el plazo que el arrendador ha dado al arrendatario para pagar su deuda, éste deberá interponer una demanda de desahucio en el juzgado.
Cuando el propietario haya presentado la demanda, el inquilino aún tiene 10 días para enmendar la deuda, siempre y cuando sea la primera vez que le demandan por impago del alquiler. Si no se da esa situación y el inquilino hace caso omiso a la demanda, se decretará una orden de desahucio que suele efectuarse en un plazo medio de 6 meses.
No obstante, cabe destacar que si el inquilino no está de acuerdo con la cantidad de la deuda y se opone a la demanda, se iniciará un juicio verbal que determinará las medidas que se han de tomar.
Es evidente que todo este proceso hasta llegar a la vía judicial es largo y costoso. El propietario puede tardar mucho tiempo en recuperar la vivienda sin tener ingresos, por este motivo, es recomendable que la renta de alquiler de su vivienda no sea el sustento principal de su economía personal.
Ante estos posibles impagos por parte de los inquilinos, el arrendador puede tomar diferentes precauciones que vamos a detallar a continuación:
Para obtener más información sobre los seguros de impago y las medidas que el propietario debe adoptar para protegerse ante inquilinos morosos, le recomendamos que lea atentamente este artículo publicado anteriormente en Uniplaces.